Ecuador | Lasso presenta un proyecto de rebaja de impuestos en la previa de su juicio político

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Contexto Nodal
El presidente ecuatoriano Guillermo Lasso enfrenta un proceso de juicio político bajo la acusación de peculado que habría cometido en contratos firmados entre la empresa petrolera estatal Flopec y Amazonas Tankers. Se espera que el Congreso se reúna este martes y decida si lo destituye o no. Para eso se necesita el voto de 92 de los 137 legisladores y legisladoras. En caso de ser removido, lo deberá reemplazar el vicepresidente Alfredo Borrero.

 

Guillermo Lasso pone en debate una reforma tributaria en un crítico momento de su gobierno

Por Sugey Hajjar

En un momento político conflictivo que enfrenta el presidente de la República, Guillermo Lasso, este puso en marcha una estrategia de carácter económico urgente dirigida a la clase media, días antes de que deba comparecer ante el pleno de la Asamblea Nacional, en donde la estabilidad de su cargo pende de los votos para el juicio político.

Tras varios días de anuncios, este 11 de mayo, el jefe del Gobierno, Guillermo Lasso, puso su firma en el proyecto de reforma tributaria denominado Ley de Fortalecimiento Económico de la Economía Familiar, en el que propone reducir el pago del impuesto a la renta (IR) a las personas naturales, a través del aumento de los gastos deducibles anuales que podrán ser hasta de $ 15.294 dependiendo del número de cargas familiares.

De ser tramitado y aprobado este texto, el SRI reportará $ 195 millones menos de ingresos por tributos por la reducción del IR, pero se beneficiarían 341.000 contribuyentes que corresponden a más del 99 %, según las cifras oficiales.

“Este es un mensaje político diciendo ‘clase media, media alta, me equivoqué. Porque (con la actual Ley de Desarrollo Económico) se vieron afectados aquellos que tenían ingresos desde $ 2.500 a $ 5.000. Entonces, el proyecto dice ‘perdónenme, me equivoqué y quiero enmendar’. Ahí está un mensaje político”, opinó el abogado experto en materia tributaria Napoleón Santamaría.

A criterio de Santamaría, el momento para proponer el proyecto no es el adecuado, pero sí necesario y cree que es viable jurídicamente.

Según el artículo 11 del Código Tributario, “las leyes tributarias, sus reglamentos y las circulares de carácter general regirán a partir de su publicación en el Registro Oficial, salvo que se establezcan fechas de vigencia posteriores a la misma”.

Con ello, según Santamaría, las reformas al impuesto a la renta regirían desde el siguiente año, es decir, desde enero del 2024; sin embargo, el artículo 3 de la misma norma permitiría que tenga efecto retroactivo. “¿Cuándo? Cuando beneficia a los contribuyentes, por lo que, si se mandó el 11 de mayo, debería aprobarse el 11 de junio y va a regir desde el 12 de junio y aplicaría desde este mismo año”.

Dicho artículo señala que “solo por acto legislativo de órgano competente se podrán establecer, modificar o extinguir tributos. No se dictarán leyes tributarias con efecto retroactivo en perjuicio de los contribuyentes”.

En ese contexto, la propuesta presidencial señala que el gasto deducible máximo se define por el número de cargas familiares y llega hasta el equivalente al costo de 20 canastas familiares básicas y se pueden registrar hasta cinco cargas familiares.

Incluyó en la deducción de gastos personales aquellos valores por la tenencia de mascotas y, para beneficiar a las personas con discapacidad, enfermedades catastróficas y/o huérfanos, cuya deducción de gastos será total.

Entre otros cambios, plantea que el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios (Rimpe), que agrupa a negocios populares que reporten ventas anuales hasta $ 2.500, no paguen impuesto; y, para aquellos mayores a $ 2.500 y hasta $ 20.000 anuales, sean cuotas progresivas. Mientras que la cuota del impuesto será fija entre $ 5 y $ 60 conforme a las ventas anuales.

En estos cambios incluyó al sector del transporte, como el taxismo, para que no deban emitir de forma obligatoria la factura electrónica.

Este articulado va en contraposición de lo que planteaba la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, vigente desde noviembre del 2021, en la cual se eliminó la deducción de gastos personales que era de hasta $ 14.576. En la actualidad el tope de gastos personales para aplicar a la rebaja de impuesto a la renta son siete canastas básicas familiares; para 2023 el techo se fijó en $ 5.344,08.

Ese articulado fue uno de los primeros que el Ejecutivo envió a la Asamblea Nacional al inicio de su mandato, aunque entró en vigor por el ministerio de la ley, pues no tuvo pronunciamiento de los legisladores ni para aprobar ni para rechazar.

Dieciocho meses después, el Gobierno plantea este nuevo proyecto en medio de la interpelación política que se sustancia en el Parlamento impulsada por sectores de oposición a Lasso que, si logran sumar 92 votos, podrían concretar su propósito de la censura y destitución.

Empero, la puesta en debate de este articulado no está atravesada por la coyuntura política para acercarse a la clase media, aseguraron actores gubernamentales.

“Hay etapas… Hay una primera etapa en la que la estrategia de orden fiscal es una. Eso nos da un espacio que el beneficio va a la gente. Les agradecemos el sacrificio que ha hecho la gente y eso nos permite dar el beneficio para la familia ecuatoriana”, aseguró el ministro de Economía y Finanzas, Pablo Arosemena, en declaraciones de prensa.

Recordó que la ley de Desarrollo Económico era de diciembre del 2021 y que él se incorporó al Gobierno en julio del 2022 y desde ahí ha estado trabajando con Francisco Briones, director del Servicio de Rentas Internas (SRI), pues la reforma tributaria requirió análisis, informes y conversar con los sectores de la sociedad civil.

“Se puede cuestionar el momento político”, subrayó Francisco Briones, pero “si se ponen a ver, a estudiar la ley al detalle, se podrán dar cuenta de que son decisiones técnicas, muy bien diseñadas que no se hacen de la noche a la mañana. Hemos estado trabajando esto, teniendo identificado el espacio presupuestario para poder mantener el orden fiscal, no estamos dando paso atrás en el orden fiscal ni volviendo al pasado en el impuesto a la renta, este es un esquema diferente, novedoso y moderno”, añadió.

Para contrarrestar la reducción de $ 195 millones a los ingresos fiscales del Estado, las alternativas estarían en la misma propuesta.

Según Briones, con la creación del impuesto del 15 % para los operadores de pronósticos deportivos se espera un ingreso de $ 10 millones; gravar con el 12 % del IVA a los espectáculos públicos generaría unos $ 20 millones.

En el caso del Rimpe, “sumando-restando” la previsión es que genere $ 100 millones; y, buscando otros beneficios que se estarían trabajando con el sector productivo se alcanzarían otros $ 70 millones para poder compensar.

El primer mandatario insistió en que esta normativa debería estar aprobada en máximo un mes por el Legislativo y que esos $ 195 millones -que no ingresarán a las arcas fiscales- estarán en los gastos de salud, educación, alimentación y recreación, pues el objetivo es “inyectar dinero en el menor tiempo posible a la familia y a la economía nacional”.

“Está en manos de los asambleístas ponerse del lado de los ciudadanos, de pensar en las necesidades y urgencias de 340.000 familias que se beneficiarán con esta reforma. (…) No importan los obstáculos que se presenten en el camino, tengan la seguridad de que continuaremos velando por el bienestar de la mayoría”, manifestó Lasso en un breve discurso que dio este 11 de mayo en el Salón Amarillo, al firmar la propuesta reformatoria.

Para Napoleón Santamaría, el impuesto a la renta que aplicó la Ley de Desarrollo Económico es “gravosa” para las personas naturales, pero la única manera es enmendar, dando paso al nuevo proyecto que tenga efecto retroactivo para que entre en vigor en este 2023. “No puede demorarse hasta noviembre y diciembre porque no se podría ajustar. El momento político es inoportuno, pero es necesaria la reforma”, señaló.

Aclaró también que son necesarias estas modificaciones porque la Corte Constitucional (CC) declaró inconstitucional el Rimpe en negocios populares y con la reforma se está incorporando una nueva tributación. No obstante, “se incorpora el impuesto para los pronósticos deportivos y algo ayuda, pero se queda corto, porque tenemos problemas de servicios digitales como Uber, Cabify y otros servicios educativos que están creándose y no se los incorpora”, reflexionó Santamaría.

Desde lo político, el analista y exsubsecretario de Gobierno en la actual administración, Juan Manuel Fuertes, advierte que esta propuesta presidencial no parece ser “espontánea”; y, al contrario, tendría por detrás el condicionamiento de sectores políticos.

“Hay que entender que el enjuiciamiento político al presidente de la República, en cualquier caso, si bien tiene causales establecidas en la Constitución, no puede perder de vista el clima social y siempre será posible que algunos sectores políticos, para alivianar su imagen, en el evento de que vayan a respaldar al presidente, planteen que es necesario en lo impositivo y tributario generar una condición que aliviane el fastidio ciudadano instalado a una serie de decisiones coyunturales”, comentó.

Pone atención en lo sorpresiva de esta reforma tributaria, que se presentó de “forma intempestiva pese a que se reconoce que hay déficit fiscal, que hay problemas con los ingresos, que se van a complicar las necesidades de liquidez por el temporal, más lo que acontecerá con el fenómeno de El Niño. Además, a finales de año se cumple ese plazo que tenía como cápsula, blindaje el Gobierno para que, en la Asamblea Nacional, no pueda ser tratada la reforma tributaria que está en vigencia por el silencio de los asambleístas. Esto es una exigencia de algún sector político en el marco de las negociaciones, no me parece que es una decisión autónoma y espontánea”, agregó Fuertes.

Asimismo, no descarta que si bien la iniciativa reduce el IR a las personas naturales, se están creando otros impuestos que van a generar rechazo en sectores como el de la organización de espectáculos públicos y a los operadores de pronósticos deportivos.

El Universo


Asamblea envía notificación a Guillermo Lasso para juicio político

Roger Vélez

La Secretaría General de la Asamblea remitió este jueves 11 de mayo la notificación al presidente Guillermo Lasso para el juicio político por supuesto peculado.

Dicha notificación fue enviada después de que el martes pasado, con 88 votos a favor, el Pleno resolvió llamar a Lasso para que enfrente este proceso. La notificación también fue enviada a los 137 legisladores.

El presidente Guillermo Lasso dijo que sí asistirá al Pleno para defenderse. Foto: Flickr
Roger Vélez

La Secretaría General de la Asamblea remitió este jueves 11 de mayo la notificación al presidente Guillermo Lasso para el juicio político por supuesto peculado.

Dicha notificación fue enviada después de que el martes pasado, con 88 votos a favor, el Pleno resolvió llamar a Lasso para que enfrente este proceso. La notificación también fue enviada a los 137 legisladores.

La resolución se dio una vez que la Comisión de Fiscalización no logró aprobar un proyecto de informe donde se recomendaba no dar paso a esta acusación constitucional al determinar que no se habían entregado pruebas que involucren a Lasso en el delito que se le imputa.

En la notificación al Mandatario, vía electrónica, el Parlamento incluyó el expediente sobre esta causa.

Además consta la resolución del Pleno para que el presidente Lasso presente sus descargos.

A pesar de cuestionar la validez jurídica de la resolución, el oficialismo anticipó que el Primer Mandatario sí acudirá a la Asamblea para defenderse.

Al mismo tiempo, el Gobierno está a la espera de que la Corte Constitucional realice un seguimiento al dictamen con el que avaló esta causa.

El juicio político es impulsado por la oposición legislativa liderada por el correísmo y el PSC. Responsabilizan a Lasso de no haber terminado un contrato que fue firmado entre Flopec y Amazonas Tankers, en el anterior Gobierno, pese a denuncias de irregularidades.

¿Qué sigue luego del llamado a juicio político?

Luego de que el Pleno de la Asamblea aprobara la continuidad del trámite del juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso por el presunto delito de peculado, todavía resta un procedimiento que tomará alrededor de una semana hasta un desenlace.

Los pasos a seguir constan entre los artículos 92 y 95 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. En último caso (art. 95) se requerirán de 92 votos en el Pleno para una posible censura y destitución del Primer Mandatario.

Artículo 92.- Orden del día. La Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional dispondrá a través de Secretaría General de la Asamblea Nacional la difusión del informe. Transcurridas cuarenta y ocho horas luego de la difusión del informe, la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional, en el plazo de cinco días, deberá incorporarlo en el orden del día para conocimiento del Pleno de la Asamblea Nacional a fin de proceder a la censura y destitución, de ser el caso.

Art 93.- Derecho a la defensa. La Presidenta o Presidente, o la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República enjuiciados políticamente, en la fecha y hora señaladas en el orden del día, ejercerá su derecho a la defensa, alegando ante el Pleno de la Asamblea Nacional sobre las acusaciones imputadas en su contra.

A continuación, hasta dos asambleístas ponentes designados de entre los asambleístas solicitantes, llevarán adelante la interpelación. Luego, replicará la Presidenta o Presidente, o la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República.

Finalizada la intervención de la Presidenta o Presidente, o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, éste se retirará del Pleno y la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional declarará abierto el debate, en el cual podrán intervenir todas las y los asambleístas y exponer sus razonamientos por un tiempo máximo de diez minutos sin derecho a réplica.

Art 94.- Sesión del Pleno. En el plazo de cinco días de concluido el debate señalado en el artículo anterior, la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional convocará a la sesión del Pleno a fin de que resuelva motivadamente sin debate, con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o Presidente, o la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República.

De no presentarse en dicha sesión una moción de censura y destitución se archivará la solicitud.

Art 95.- Censura y destitución. Para la aprobación de la moción de censura a la Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, se requerirán los votos favorables de al menos las dos terceras partes de las y los miembros de la Asamblea Nacional (92 votos), en cuyo caso se procederá a la destitución de la Presidenta o Presidente, o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República. Si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Si no se aprueba la moción de censura, se archivará la solicitud.

En ningún caso podrá volverse a proponer juicio político por los mismos hechos

El Comercio


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